Con la finalidad de evitar la
presencia de mascotas, sobre todo de origen canino en los malecones de la entidad “y en zonas
análogas” y así impedir que ataquen a la población, el
diputado Ramiro Ruiz Flores propuso una
iniciativa para reformar disposiciones
contenidas en las leyes Orgánica del Gobierno Municipal, de Desarrollo
Urbano, de Protección de los Animales
Domésticos y al Código Penal del Estado en las que se contempla que las
autoridades estatales y municipales en el ámbito de su competencia delimiten el área que corresponde a los
malecones costeros de los municipios del Estado y determinar invariablemente “que se trata de
espacios públicos destinados exclusivamente a la convivencia familiar y social,
a la recreación y esparcimiento y a las prácticas de actividades culturales,
físicas, deportivas y todas aquellas que constituyan un ambiente libre de
violencia”, precisando que deben de ser zonas seguras en todos los
sentidos para la población.
En el marco de la sesión de la
Diputación Permanente, Ruiz Flores
destacó que a la Ley de Desarrollo Urbano del Estado se contempla adicionar un
Articulo 24 Bis en el que se establece que
en el momento en que se formulen, aprueben y se ejecuten los planes o
programas municipales de Desarrollo Urbano de Centros de Población y los demás
que de estos deriven “la autoridad municipal se asegurará que en los malecones
costeros o áreas análogas quede prohibido de manera terminante la presencia,
tránsito o estancia de perros u otras mascotas cualquiera que sea su raza o
especie, acompañados o no por su propietario o poseedor con excepción de los
perros guías o que sirven de apoyo a las personas con discapacidad.
Dada la importancia de la propuesta
hecha por el diputado Ramiro Ruiz Flores se establece en uno de los artículos
transitorios de lo relacionado con las modificaciones a la Ley de Desarrollo
Urbano que “en un plazo de 10 días hábiles, contados a partir de la entrada en
vigencia de este Decreto, las autoridades municipales deberán iniciar los
trabajos de modificación a los planes de desarrollo urbano vigentes o a la
zonificación en ellos contenida para ajustarlos a las presentes disposiciones,
observando para ello el procedimiento establecido en el artículo 17 y demás
aplicables de la Ley de Desarrollo Urbano para el Estado de Baja California
Sur”.
En lo concerniente a la Ley de
Protección de Animales Domésticos se puntualiza como propuesta de reforma que
todo propietario, poseedor o encargado de una mascota, podrá transitar con ella
por la vía pública, “con excepción de los malecones costeros y espacios
públicos análogos”, siempre y cuando el animal no represente un riesgo para los
miembros de la comunidad y cumpliendo con las siguientes medidas de seguridad e
higiene:
En lo correspondiente a sanciones, la
iniciativa presentada adiciona un Artículo 146 BIS al Código Penal del Estado en el que se
subraya que “de presentarse lesiones o
muerte que a una persona cause algún animal, será responsable el que con esa
intención lo azuce, lo suelte o haga esto último por descuido o de manera
imprudente o fortuita generó el peligro para el bien jurídico tutelado. El o
los responsables estarán obligados a la reparación del daño”.
Con respecto a sanciones la iniciativa
otorga facultades tanto a los
ayuntamientos de la entidad como a las autoridades estatales de acuerdo a la
normatividad vigente, por lo que para
imponerlas en caso de ser aprobada la propuesta presentada por el legislador Ruiz Flores: “las
infracciones, sanciones, multas y medidas de seguridad a que se hagan
acreedores los responsables de la violación a disposiciones legales y
reglamentarias que regulen estos espacios públicos se ajustarán a lo dispuesto
en la Ley de Protección de los Animales
Domésticos para el Estado, Ley Orgánica del Gobierno Municipal, los Bandos de
Policía y Buen Gobierno de los municipios de Baja California Sur y demás
reglamentos municipales aplicables; sin perjuicio de las responsabilidades
civiles y penales a que hubiera lugar”.
En otro apartado relevante de la
iniciativa, las autoridades municipales se convierten “en responsables
solidarios de las lesiones que los perros, mascotas u otros animales ocasionen
o provoquen en este tipo de espacios públicos. La responsabilidad se demandará
de conformidad a la legislación estatal aplicable”.
Y LAS CACAS DE PERRO POR TODA LA CIUDAD???
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