El Congreso del
Estado aprobó diversas reformas a la Constitución Estatal y diversas leyes
estatales, entre ellas la Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres para el
Estado de Baja California Sur, para garantizar la paridad de género en todos
los niveles de gobierno y poderes del Estado. En el caso de los cargos de
elección popular deberán tomarse en cuenta en la selección de representantes de
partidos como en las nuevas administraciones.
La comisión de
puntos constitucionales y de justicia integrada por las diputadas Petra Juárez
Maceda y Sandra Moreno y por el Homero González Medrano, presentó el dictamen
de tres importantes iniciativas presentadas en diferentes ocasiones por el
diputado José Luis Perpuli (PAN), las diputadas María Petra Juárez Maceda,
María Rosalba Rodríguez López, Milena Paola Quiroga Romero, Soledad Saldaña
Bañalez (sin partido) y los diputados Esteban Ojeda Ramírez, Humberto Arce
Cordero, Marcelo Armenta (MORENA) así como del ciudadano Enrique Arturo
Mayorquín, en materia de paridad de género en todos los niveles de gobierno y
poderes del Estado, la cual fue dispensada y sometida a votación.
La observancia
del principio de paridad de género será aplicable a quiénes tomen posesión de
su encargo, a partir del proceso electoral local siguiente a la entrada en
vigor del decreto. En cuanto a las autoridades que no se renuevan mediante
procesos electorales, su integración, elección y designación habrá de
realizarse de manera progresiva a partir de las nuevas designaciones,
elecciones y nombramientos que correspondan.
En las reformas a
la Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres para el Estado añade como tercer
instrumento de la política estatal en materia de igualdad entre mujeres y
hombres “la observancia en materia de Igualdad entre mujeres y hombres”.
Con la iniciativa
del diputado Perpuli se armoniza el marco estatal con el federal, se hacen
cambios para incluir el lenguaje con perspectiva de género que en los textos
legales se refiera a ambos géneros y no sólo a uno, por ejemplo, comisionada y
comisionado, consejera o consejero, magistrada o magistrado, diputada o
diputado, etcétera. Y por otro lado modificó también la redacción de la Ley de
Participación ciudadana en el mismo tenor y garantizando el principio de
paridad en diferentes cargos.
En el caso de la
segunda iniciativa presentada por integrantes del Grupo Parlamentario de
MORENA, abarca en el mismo sentido de paridad, la Ley de Transparencia y Acceso
a la Información Pública, Ley del Sistema Anticorrupción, Ley del Sistema de
Medios de Inpugnación en materia Electoral, Ley Orgánica Municipal y Ley
Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa, todas del Estado.
En tanto que la
propuesta ciudadana presentada por Enrique Mayorquín para que en el Gobierno
del Estado, los Ayuntamientos y el Poder Judicial se garantice la paridad de
género, reformó la Ley Orgánica Municipal para quedar como sigue: “Artículo 17:
Tanto en la integración del ayuntamiento como en la conformación del gabinete
de primer nivel de la administración pública municipal, deberá observarse el
principio de paridad de género, que se refiere a la integración cuantitativa
igualitaria entre mujeres y hombres, así como a los subdelegados de las
demarcaciones territoriales del municipio, deberá observarse el principio de
paridad de género, que se refiere a la integración cuantitativa igualitaria
entre mujeres y hombres”, en el mismo tenor se reformaron los marcos
legislativos del poder judicial.
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