Armoniza la legislación y busca abonar a la transparencia, rendición de cuentas de los servidores públicos como que la ciudadanía tenga una herramienta para ejercer su derecho a la información
Tras varios meses de trabajar propuestas con diversas instituciones, la
Comisión Permanente de Transparencia y Anticorrupción de la XVI Legislatura del
Congreso del Estado propuso la Ley de Archivos para el Estado de Baja
California Sur con la que se armoniza la legislación y se sientan las bases
para la transparencia y rendición de cuentas, otorgándole a la ciudadanía herramientas
para ejercer su derecho constitucional a la información y que pueda involucrarse
en el quehacer público como opinante y vigilante.
“Como legislatura tenemos el imperioso deber de armonizar nuestra
legislación en materia de archivos, ya que es fundamental para consolidarnos
como un Estado moderno y democrático, mediante la creación una ley que permita
el control de una documentación sistematizada, y la rendición de cuentas de los
servidores públicos”, expresó la diputada presidenta de la comisión, Gabriela
Cisneros Ruiz, al presentar la iniciativa.
Destacó la importancia de contar con un patrimonio documental a través de
la regulación de los archivos, y enunció que entre las funciones de la ley se
enlistan el regular la organización y funcionamiento de los archivos de los
sujetos obligados, a fin de que éstos se preserven actualizados y permitan la publicación
en medios electrónicos.
Sentar las bases para el desarrollo y la implementación de un sistema
integral de gestión de documentos electrónicos encaminado al establecimiento de
gobiernos digitales y abiertos; propone tener acceso a toda la información
contenida en los documentos de archivo generados, obtenidos, adquiridos,
transformados o en posesión de los sujetos obligados.
La ley crea un Registro Estatal, cuyo objeto es obtener y concentrar
información sobre los sistemas institucionales y de los archivos privados de
interés público, así como difundir el patrimonio documental resguardado en sus
archivos, el cual será administrado por el Archivo General del Estado, y el
Sistema Institucional, el cual es el conjunto de registros, procesos, procedimientos,
criterios, estructuras, herramientas y funciones que desarrolla cada sujeto
obligado y sustenta la actividad archivística, de acuerdo con los procesos de
gestión documental.
El proyecto de Ley de Archivos del Estado de Baja California Sur, consta
de tres libros: Libro Primero: “De la Organización y Administración de los
Archivos”, Libro Segundo: Del Archivo General del Estado y Libro Tercero: De
las Infracciones Administrativas y Delitos en Materia de Archivos”, nueve
títulos y veintiséis capítulos, 109 artículos y 16 transitorios.
Establece en los artículos transitorios que el Gobernador del Estado
deberá designar a la persona titular de la Dirección General de Archivo General
del Estado dentro de los 15 días naturales siguientes a la entrada en vigor de
la ley, así como que el Órgano de Gobierno del Archivo General del Estado,
deberá integrarse dentro de los 30 días siguientes a la entrada en vigor, y el
Consejo Estatal deberá integrarse dentro de los 90 días siguientes a la entrada
en vigor; ambos organismos deberán expedir y publicar su reglamento dentro de 180
días siguientes a la entrada en vigor de la ley.






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