Fue
dictamen de las comisiones de Puntos Constitucionales y de Justicia y de
Ecología a una iniciativa de la diputada Eda Palacios para que se persiga de
oficio a quien provoque un incendio forestal
El
pleno del Congreso de Baja California Sur aprobó que “toda persona que conozca
o tenga indicios de un delito de provocación de incendio forestal, deberá hacerlo
del conocimiento inmediato del Ministerio Público”, autoridad que deberá
iniciar con la investigación correspondiente.
Las
comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia y de Ecología
dictaminaron así, una iniciativa propuesta por la diputada Eda María Palacios
Márquez el pasado 21 de abril, para que se persiga de oficio a quien provoque
dolosamente un incendio en áreas naturales protegidas, barrancas, áreas verdes
en suelo urbano, dunas, zonas prioritarias, áreas forestales, palmares, entre
otras que establece el artículo 369 del Código Penal estatal.
Las
comisiones dictaminadoras, que solicitaron la dispensa de la segunda lectura, propusieron no incorporar el párrafo quinto
propuesto por la iniciadora al artículo 369 del Código Penal para el Estado que establecía que se persiguiera de
oficio dicho delito, sino incorporar una redacción que establezca que cualquier
ciudadano que conozca de un incendio forestal y que tenga conocimiento de
indicios de que dicho incendio fue provocado por comisión u omisión, deberá
hacerlo del conocimiento inmediato del Ministerio Público, quien deberá iniciar
con la investigación correspondiente.
Cabe
recordar que el objetivo de la iniciadora fue que el delito de provocación de
incendios forestales actualmente se
persigue por querella, es decir, si nadie lo denuncia, la autoridad no puede
investigarlo, por eso la proposición.






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