Implica reformar la Ley General de Salud sobre los cuidados paliativos, mismos que serán aplicables en todos los niveles de atención y durante el transcurso de la enfermedad acorde a las necesidades del paciente
“El propósito es prevenir y controlar los efectos secundarios del tratamiento recibido y otros síntomas, para mejorar la calidad de vida del paciente”: diputada Paz Ochoa Amador
El Pleno del Congreso del Estado, solicitó hoy a la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, retomar el proyecto de decreto que propone reformar diversas disposiciones de la Ley General de Salud en materia de cuidados paliativos y tratamiento del dolor.
Lo anterior,
resultado de un punto de acuerdo presentado por la diputada Paz del Alma Ochoa
Amador (PRI), quien logró el consenso de sus homólogos y homólogas, al afirmar
que el proyecto propone que los cuidados de soporte incluyan apoyo físico,
psicológico, social y espiritual tanto a los pacientes como a sus familias para
garantizar la calidad de vida de las personas.
En ese sentido,
las y los pacientes enfermos en situación terminal tendrán derecho a recibir
atención médica integral y los medicamentos prescritos de forma oportuna de
acuerdo con los principios científicos y éticos que orientan la práctica
médica, así como recibir trato con respeto a sus derechos humanos y autonomía.
En materia de
rehabilitación, implica el tratamiento y manejo integral del dolor y los
cuidados de soporte, además, contempla que el cuidado activo e integral de
aquellas enfermedades crónicas avanzadas que no responden a tratamiento
curativo con pronóstico de vida limitado, son aplicables durante el transcurso
de la enfermedad de acuerdo con las necesidades del paciente, así como otros
síntomas físicos y emocionales que provocan sufrimiento severo.
También incluye
el acceso efectivo y oportuno a los medicamentos, demás insumos y medios
necesarios para garantizar su atención; amplía el concepto de enfermedad en
situación terminal, al señalar que será todo padecimiento grave, avanzado,
progresivo, irreversible e incurable, sin respuesta al tratamiento curativo que
tiene como consecuencia sufrimiento y dolor que genera un pronóstico de vida
limitado, de acuerdo con el dictamen médico.
En ese contexto,
los cuidados paliativos serán aplicables en todos los niveles de atención y
durante el transcurso de la enfermedad de acuerdo con las necesidades del
paciente y tendrán como fin la prevención y el control del dolor, los efectos
secundarios del tratamiento recibido y otros síntomas, con el propósito de
mejorar la calidad de vida del paciente.






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