Se aplicará la tarifa 1F en todos los municipios del estado a usuarios domésticos
Por Raymundo
León
La Paz, BCS, 6
de abril.- Con recursos de la Secretaría de Hacienda aplicados por la Comisión
Federal de Electricidad se otorgará un subsidio de 123 millones de pesos a los
usuarios domésticos, para la aplicación en 2024 de la tarifa 1 F en todos los municipios del
estado.
Tras las gestiones
del gobernador Víctor Manuel Castro Cosío ante el presidente de la República,
Andrés Manuel López Obrador, este viernes 5 de abril, en el Diario Oficial de
la Federación se publica el acuerdo por el que se modifica el acuerdo del 22 de
febrero, que solo otorgaba el subsidio a los estados de Baja California,
Sonora, Sinaloa y Nayarit.
En los considerandos
se establece que “por las circunstancias específicas de la región y en razón de
que Baja California Sur también forma parte de la región noroeste del país, es
necesario otorgarle un subsidio para que cubra los adeudos derivados de los
apoyos a las tarifas eléctricas de uso doméstico en dicha entidad federativa.
“En tal
sentido, para los usuarios domésticos en todos los municipios del estado de
Baja California Sur donde no se aplica la tarifa 1F, el monto estimado de apoyo
tarifario para esa entidad federativa que se pudiera aplicar en un convenio de
apoyo tarifario en el 2024 sería del orden aproximado de 123 millones de pesos”.
El acuerdo
precisa lo siguiente:
PRIMERO. Se
modifican los ARTÍCULOS PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO y CUARTO, y se deroga el
TRANSITORIO SEGUNDO del “Acuerdo por el que se otorga un subsidio a las
entidades federativas de Baja California, Sonora, Sinaloa y Nayarit, para los
efectos que se indican”, para quedar como sigue:
“ARTÍCULO
PRIMERO. Se otorga un subsidio especificado en el apartado de considerandos del
presente acuerdo.
ARTÍCULO
SEGUNDO. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público debe emitir las Reglas de
Operación para determinar, entre otros aspectos, los convenios que celebre esa
secretaría con las entidades federativas y CFE Suministrador de Servicios
Básicos, así como la programación, presupuestación, otorgamiento, ejercicio,
aplicación, rendición de cuentas y transparencia del subsidio a que se refiere
el artículo anterior.
ARTÍCULO
TERCERO. Con cargo al subsidio que se otorgue en términos del ARTÍCULO PRIMERO
de este acuerdo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público debe transferir en
el presente ejercicio fiscal a CFE Suministrador de Servicios Básicos, por
cuenta y orden de las entidades federativas referidas, los recursos
presupuestarios para contribuir al pago de los adeudos derivados de los apoyos
tarifarios citados en el apartado de considerandos del presente acuerdo,
correspondientes a los ejercicios fiscales de 2022 y 2023.
Respecto de
los adeudos que se generen en el ejercicio fiscal de 2024 y años subsecuentes a
cargo de las entidades federativas a que se refiere el presente acuerdo, la CFE
Suministrador de Servicios Básicos debe comunicar los montos correspondientes a
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con lo que se
establezca en las reglas de operación a que se refiere el ARTÍCULO SEGUNDO de
este acuerdo, a efecto de que se prevea una asignación de recursos en el
anteproyecto de presupuesto del Ramo General 23 Provisiones Salariales y
Económicas de cada ejercicio fiscal, para que, en caso de que así se apruebe en
el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal que
corresponda, se otorgue el subsidio materia del presente acuerdo, y con cargo
al mismo se transfiera a CFE Suministrador de Servicios Básicos, por cuenta y
orden de las entidades federativas referidas, los recursos para contribuir al
pago de los adeudos derivados de los apoyos tarifarios respectivos.
ARTÍCULO CUARTO.
La interpretación del presente acuerdo y sus Reglas de Operación corresponde a
las secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Energía, en el ámbito de
sus atribuciones.






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