domingo, 25 de noviembre de 2018

Faculta Congreso del Estado al gobernador para decretar zonas de salvaguarda ambiental


Diputado de MORENA, Esteban Ojeda Beltrán

Con la finalidad de fortalecer los derechos de los sudcalifornianos a un medio ambiente sano, el Congreso del Estado aprobó modificaciones a la Constitución Política del Estado y a la Ley de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente de la entidad.
En lo referente a la reforma constitucional, el cambio se hizo al Artículo  79 de la Carta Magna que habla de las facultades del gobernador del Estado, a quien se le asignan nuevas atribuciones legales   para que pueda decretar “por causa de utilidad pública Áreas Naturales Protegidas y Zonas de Salvaguarda Territoriales para la prevención de la contaminación”.
En el documento  presentado se define la figura de la Zona de Salvaguarda de Aguas Subterráneas para Consumo humano “como aquellas existentes en el territorio estatal, cuyos atributos ambientales y servicios  derivados permiten la recarga de los acuíferos y cuerpos de agua superficiales para proteger las aguas subterráneas, reduciendo el  deterioro de su calidad, evitando su contaminación, además de reducir el nivel de tratamiento de purificación”
En el dictamen, las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia, así como la de Ecología, establecen que igualmente se modifica el Artículo 148 de la Constitución que aborda las facultades y obligaciones de los Ayuntamientos de la entidad, agregándose un Artículo VII BIS que define como nuevas facultades  el  “incorporar planes y programas de desarrollo urbano como uso de suelo de conservación, los decretos de Áreas Naturales Protegidas y Zonas de Salvaguarda Territoriales para la Prevención de la Contaminación, emitidas por el Gobierno del Estado. No se otorgarán los permisos para construcciones, cualquiera que sea su tipo, que tengan como propósito, el manejo, la acumulación o resguardo de materiales peligrosos, conforme a la Ley en la materia de Equilibrio Ecológico vigente en la entidad”.
En este contexto se aprobaron modificaciones a la Ley del Equilibrio Ecológico estatal en su artículo 100  para que el gobernador pueda decretar por causas de utilidad pública  zonas de salvaguarda territoriales para la prevención de la contaminación.
Señala en este mismo apartado  que estas zonas serán decretadas con el objeto de evitar actividades que  puedan causar contaminación, desequilibrio ecológico o afectar el equilibrio de los ecosistemas, atendiendo al principio de precaución del derecho ambiental.
Este  artículo indica que las zonas de salvaguarda territoriales para la prevención de la contaminación que se constituyan serán coincidentes en su delimitación con las cuencas hidrológicas ya establecidas geográficamente por la Conagua. Precisa el dictamen que el establecimiento de estas zonas para la prevención de la contaminación “se llevará a cabo en ejercicio de la competencia de los gobiernos del Estado y de los municipios”.
La presidenta de la Junta de Gobierno, Milena Quiroga Romero, comentó al hablar a favor del dictamen que con su aprobación se da un paso importante en la defensa de los recursos naturales de los sudcalifornianos, Precisó que una vez que entre en vigor el estado se blindará contra proyectos como la mimería tóxica que de operar en Baja California Sur afectaría sensiblemente el medio ambiente.
Quiroga Romero indicó que para llegar a presentar el dictamen se trabajó con organizaciones sociales relacionadas con la protección del ambiente y con instituciones públicas  de los tres niveles de gobierno.
Esta iniciativa fue presentada en la pasada legislatura por la entonces diputada de MORENA, Guadalupe Rojas Moreno, en junio de 2016.


0 comentarios:

Publicar un comentario