Buscando fortalecer la vida democrática, así como los deseos de participación
política que han estado presentes en la sociedad sudcaliforniana por muchos
años, la Comisión Especial para la Reforma Electoral, integrada por las
Diputadas Lorena Marbella González Díaz, Guadalupe Vázquez Jacinto, Paz del
Alma Ochoa Amador, María Luisa Ojeda González, y Diputados Christian Agúndez
Gómez y José Rigoberto Mares Aguilar, presentaron este martes la iniciativa con
proyecto de decreto de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales,
del estado de Baja California Sur.
La Diputada Lorena Marbella González Díaz, presidenta de la Comisión, fue quien
dio lectura a la iniciativa, precisando que la ley no es perfecta, es
perfectible, y la iniciativa presentada en sesión permanente este martes, “es
el piso no el techo, de ahí que construyan los grupos lo que convenga”.
Contiene temas relevantes como los bloques de competitividad; participación
para todos los grupos prioritarios (que anteriormente participaban como
acciones afirmativas), sentencias vinculatorias en el Congreso del Estado (como
al de las gubernaturas); es una propuesta de ley que incluye lenguaje no
sexista, sino inclusivo, y que trabajó esta XVI legislatura, porque desde el
2014 no se reformaba, para darle a Baja California Sur, una ley de vanguardia,
que beneficia a todos y todas por igual; con un piso parejo y que se aplique a
partir del año 2024.
De aprobarse, los partidos presentarán sus listas de representación
proporcional en forma alternada, es decir, un periodo lo iniciará una mujer,
seguirá un hombre y así sucesivamente hasta cumplir las cinco candidaturas.
En ese contexto, a más tardar en el año 2033 en nuestro Estado habrá candidata
a la Gubernatura, lo cual es un mandato del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación que esta iniciativa que hoy fue presentada ante el
pleno, lo acata.
En su artículo 57 establece con claridad que un alcalde o alcaldesa puede ser
reelecto por el partido, o coalición que lo llevó al poder, o por un partido de
esta coalición, o bien que se separe a la mitad del período de los partidos que
lo llevaron al cargo, y sea nominado por otro partido y los partidos políticos
definirán los procesos internos en el caso de una eventual reelección.
En el artículo 102 establece que podrán ser candidatos a diputados al Congreso
del Estado, un candidato o candidata representando a la diversidad sexual; a
los jóvenes; a los afro mexicanos, a los indígenas y a personas con
discapacidad; no hay distritos reservados para estas candidaturas, los partidos
nominarán a los diputados y a las diputadas, en donde sean más competitivos y
es su derecho a participar.
Esta iniciativa (que fue asignada a las comisiones de Puntos Constitucionales y
de Justicia y Asuntos Políticos para su análisis y dictaminación), implica
reformar diversas disposiciones de la Constitución Política y se expide en el
marco del fortalecimiento del sistema político electoral de la Entidad, porque
propone una ley incluyente, que fortalece la vida de las instituciones
electorales en la Entidad, vigoriza y da certeza a la participación ciudadana.
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