La XVI Legislatura del Congreso del Estado de Baja California Sur emitió las
leyes de Educación y de Educación Superior del Estado, en armonización de las
leyes generales emitidas por el Congreso de la Unión.
El pleno del Congreso aprobó por mayoría los dictámenes presentados por la
Comisión Permanente de Educación; en el caso de la ley de Educación estatal,
actualiza el marco jurídico y lo adecua a lo establecido en la nueva reforma
educativa, con la participación activa de las y los educandos, madres y padres
de familia, tutoras o tutores, maestras y maestros, así como de los distintos
actores involucrados en el proceso educativo. Abroga la Ley de Educación
estatal, publicada el 22 de abril de 2014, así como disposiciones de leyes
secundarias, reglamentos, acuerdos y disposiciones generales.
La nueva ley ratifica la educación indígena (Capítulo VI) con el que se
garantizan los derechos educativos y lingüísticos a todas las personas, pueblos
y comunidades indígenas, atendiendo un punto de acuerdo aprobado por el pleno y
propuesto por la diputada Eufrocina López Velasco.
El decreto establece en el articulado transitorio que la Secretaría de
Educación Pública deberá emitir y adecuar los reglamentos, acuerdos,
lineamientos y demás disposiciones de carácter general en un plazo no mayor a
180 días hábiles siguientes contados a partir de su entrada en vigor. Hasta su
emisión, seguirán aplicándose para la operación y funcionamiento de los
servicios que se presten y se deriven de aquellos en lo que no contravengan a
este decreto.
En la discusión en lo general, el diputado Julio Cervando Higuera señaló que
los capítulos de la educación indígena y el de la educación inclusiva contienen
articulado que han sido declarados como inconstitucionales en la Ley General de
Educación, por lo que el proyecto decreto que se pone a consideración es
inconstitucional, además de señalar que no existió consulta previa a los
sectores, por lo que solicitó a la presidencia de la mesa directiva sometiera a
consideración de la asamblea que se regresara el dictamen a la comisión
dictaminadora y finalmente consignó su voto en contra.
La diputada María Guadalupe Moreno Higuera consignó su voto a favor, señalando
que la ley que se votó es un instrumento legal progresivo que pone al centro
del debate público el derecho a la educación de niñas, niños y adolescentes de
todos los niveles, con especial énfasis en la educación básica y media
superior, considerando que la educación superior cuenta con su ley especial,
pero que además reconoce como un elemento esencial el proceso educativo a las
maestras y a los maestros que desarrollan una labor sustancial del Estado.
Por su parte, el presidente de la Comisión de Asuntos Educativos, diputado José
María Avilés Castro, se refirió a dos puntos; en respuesta al diputado Julio
Cervando Higuera, confirmó que la existencia de una resolución de la SCJN a dos
capítulos de la Ley General de Educación, sin embargo puntualizó que a través
de la propia representación en este congreso de la diputada Eufrocina López,
presidenta de la Comisión de Asuntos Indígenas y Derechos Humanos, la comisión
recibió propuestas para que fueran incluidas en la ley. “Esperaremos el
resultado de la corte mientras tanto creo que no podemos privar de que el
Estado de Baja California Sur tenga una ley adecuada a lo que establece el
nuevo modelo educativo la nueva relación del sistema educativo las obligaciones
y los derechos para los padres de familia y respetar los derechos y las
tradiciones y la educación para los grupos prioritarios.
Por otro lado señaló un rumor y postura irresponsable y atentadora contra el Congreso
que planteó que esta ley eliminaba el derecho de los maestros para la cuantía
de los quinquenios que están establecidos en la Ley de los Trabajadores al
Servicio de los Poderes del Estado y Municipios, “La Ley de Educación tiene un
objeto distinto a lo que establece la normativa los derechos de las y los
trabajadores en el término laborales; la misma ley establece textualmente en su
título quinto artículo 83 fracción novena “Respetar sus derechos reconocidos en
las disposiciones legales aplicables” es decir, establece claramente la cuantía
de los quinquenios que no son tocado en absoluto sino al contrario aquí se
manifiesta el respeto.
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