La diputada María Luisa Trejo Piñuelas presentó ante el pleno, iniciativa con
proyecto de decreto mediante la cual se reforma el artículo 251 de la Ley
Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California Sur, en materia de
responsabilidad administrativa, para que los profesionistas que sean
funcionarios y empleados al servicio del Poder Legislativo, puedan ejercer
libremente su profesión, así como, ejercer actividades de docencia e
investigación en instituciones educativas públicas o privadas, o en asociaciones
científicas, literarias o de beneficencia, siempre y cuando su ejercicio o
actividad no perjudiquen los intereses de los poderes del Estado y municipios
de Baja California Sur.
Al hacer uso de la tribuna, la legisladora precisó que la propuesta se podrá
ejercer siempre y cuando la actividad no vulnere el Código de Ética del Poder
Legislativo del Estado o afecte de manera directa el interés de los poderes del
Estado y municipios de Baja California Sur, así como de los organismos públicos
descentralizados del Estado y de los municipios de Baja California Sur.
Trejo Piñuelas reconoció que, si bien la principal función y obligación como
representantes populares es la de legislar, también cuentan con la
responsabilidad de llevar a cabo acciones que les permita solucionar diversas
problemáticas.
Del mismo modo, la iniciadora consideró de importancia fortalecer el artículo
en comento, acorde a lo establecido en el artículo 7 de la Ley de
Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Baja California
Sur, ya que de acuerdo con el Decreto 2448 publicado en el BOGE 27-06-2017, se
estableció que con la entrada en vigor de la Ley de Responsabilidades
Administrativas del Estado y Municipios de Baja California Sur quedará abrogada
la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y de los
Municipios de Baja California Sur, por lo que, el Título Tercero de dicha ley,
quedó abrogado y, “por tanto es necesario que nuestra ley se armonice
debidamente”, concluyó la legisladora.
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