lunes, 23 de enero de 2017

Abusando de las bondades del Nuevo Sistema de Justicia Penal



Por Arturo Rubio Ruiz

Entre los cambios paradigmáticos que implica el nuevo sistema de justicia penal, destaca el énfasis que se hace en todos los ordenamientos aplicables, al respeto irrestricto a la presunción de inocencia.
Contrario al sistema tradicional, en el que el indiciado era “presunto responsable”, en el nuevo sistema el imputado es en todo momento procesal “presunto inocente”, y es tratado como tal, en tanto y cuanto no exista una sentencia condenatoria firme, que establezca lo contrario.
La presunción de inocencia, figura garantista que protege al gobernado de potenciales abusos policiales o judiciales, puede convertirse en plataforma de impunidad, cuando los operadores del sistema realizan deficientemente su trabajo, o bien lo hacen con lentitud, tal y como está ocurriendo actualmente en Baja California Sur, donde los operadores del sistema encargados de la investigación de los delitos y la integración de las carpetas respectivas, cometen pifias derivadas de su falta de capacitación o en muchos casos, por la excesiva carga de trabajo.
En el primer caso, la solución estriba en implementar programas de capacitación intensiva, permanente y adecuada, lo que se ve difícil en el corto plazo, pues el gobierno estatal es renuente a invertir en este rubro, limitándose exclusivamente a utilizar recursos federales para ese empeño, y como no es muy eficaz en el procedimiento, muchos recursos destinados para capacitación, simplemente se pierden porque no son aplicados debida y oportunamente. Centenares de millones de pesos se han dejado de aplicar, porque la administración estatal ha sido incapaz de bajar dichos recursos.
En el segundo caso, los tiempos procesales están rebasando la capacidad operativa de la Procuraduría de Justicia, y por ende los plazos estimados para la judicialización de las carpetas de investigación  están muy por encima de la media nacional.
Lo anterior permite que sujetos señalados como perpetradores de conductas delictivas, abusen de la “presunción de inocencia” y sigan delinquiendo pese a estar señalados e identificados por sus conductas criminales, y existan datos de prueba suficientes para acreditar su ilegal proceder.
Un ejemplo representativo de lo expuesto es el de un sujeto que se hace llamar indistintamente ORLANDO ARAOZ CASTRO u ORLANDO BRITO ACEVEDO, que se ostenta como abogado sin tener tal calidad profesional, ni estudios ni cédula profesional para ejercer la abogacía. Se presenta como licenciado en derecho, sobrino de un conocido empresario cabeño, -lo que también es absolutamente falso-; dice laborar para una prestigiada firma de abogados con sede en la capital de la República, y oferta servicios legales como presupuesto de sus engaños fraudulentos, que van desde la obtención de una visa para visitar la Unión Americana, compra venta de inmuebles, trámites administrativos y judiciales de regularización de derechos posesorios y de propiedad inmobiliaria, hasta complejos procedimientos de adopción de infantes depositados en una inexistente casa cuna de San José del Cabo.
Pese a contar con diversas denuncias en su contra, este sujeto continúa impunemente ofreciendo sus “servicios”, usurpando la profesión de licenciado en derecho, utilizando como propio el apellido de un conocido empresario cabeño con el que no tiene consanguinidad, y estafando con cantidades que tal vez para la Procuraduría son insignificantes, pues no rebasan la docena de miles de pesos en cada caso, pero para los defraudados significa un grave quebranto económico, pues sus estafas van dirigidas a personas de condición económica precaria.
Y pese a los señalamientos en su contra, este sujeto se pasea tranquilamente en busca de más víctimas en diversos espacios de oportunidad, sabiendo que la presunción de inocencia le permite gozar de plena impunidad, pues en primer lugar las carpetas de investigación en su contra  tardan mucho tiempo en integrarse, y en todos los casos, cuando aparentemente un expediente se va a judicializar, simplemente regresa parte del dinero birlado, obtiene la desestimación de la causa en su contra, y sigue adelante, simulando, engañando y estafando a quien caiga en sus redes fraudulentas.
En conclusión, el nuevo sistema de justicia penal, garantista, no puede alcanzar los objetivos trazados, si los operadores no realizan su función oportuna y eficazmente.
No es el sistema el que está fallando, son los operadores, en particular agentes de policía y agentes del Ministerio Público, que no siempre están debidamente capacitados, y en términos generales integran las carpetas de investigación con excesiva lentitud, lo que está generando enormes cotos de impunidad, como el que hemos ejemplificado, de un falso abogado que lucra impunemente, abusando de la buena fe de sus víctimas, sabiéndose cobijado por la presunción de inocencia, que en su caso, se ha convertido en un manto de ominosa impunidad.

No es el sistema el que falla, son los operadores.

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