El Poder Judicial del Estado, el Tribunal Superior de Justicia, Tribunal Electoral y Tribunal de Justicia Administrativa deberán poner a disposición del público y actualizar sistemática y permanentemente las versiones públicas de todas las sentencias que emitan.
Lo anterior, de
acuerdo al dictamen presentado en primera lectura por la Comisión de Derechos
Humanos y Asuntos Indígenas con relación a la iniciativa con proyecto de
decreto mediante la cual se propuso reformar los artículos 79 y 80 de la ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur.
La reforma
implica publicar las sentencias que emiten jueces y magistrados estatales en
las modalidades y versiones que posibiliten la protección de datos personales y
los datos personales sensibles, particularmente de las partes en litigio, de
las víctimas y principalmente de niñas, niños y adolescentes que intervienen en
los procesos jurisdiccionales.
Es pertinente
destacar que la obligación dispuesta en el Decreto publicado en el Diario
Oficial de la Federación para efectos generales y de impacto espacial en todo
el territorio nacional y de aplicación a los sujetos obligados de la federación
y de las entidades federativas.
No obstante, hasta
marzo de 2021 sólo once entidades ya tienen la reforma y son: Aguascalientes,
Colima, Ciudad de México, Durango, Guanajuato, Jalisco, Nuevo León, Puebla, San
Luis Potosí, Sinaloa y Veracruz.






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