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Diputada Anita Beltrán |
A fin de agilizar los procedimientos en armonización con el
contexto social, la diputada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI),
Anita Beltrán Peralta, propuso reformas al Código Civil de Baja California Sur
a fin de que las constancias de concubinato sean expedidas por las Oficialías
del Registro Civil en vez de los largos procedimientos de jurisdicción
voluntario llevados en la instancia judicial.
En sesión ordinaria de la diputación permanente, la
legisladora afirmó que en el estado existe una imprecisión legislativa en
relación con la dependencia que pueda acreditar la existencia del concubinato,
por lo que puede generar confusión y en ocasiones que las constancias que se
emiten no cuenten con la validez legal ante ciertas dependencias, lo que
entorpece al acceso a los derechos de los ciudadanos.
La reforma crea un artículo 331bis que añade que la
Dirección Estatal del Registro Civil, por conducto de las Oficialías del
Registro Civil, estará facultada para expedir las constancias de concubinato a
las personas interesadas. “Quien ocupe la titularidad de las Oficialías del
Registro Civil harán constar por escrito y en los formatos que al efecto se
aprueben, las declaraciones emitidas por las personas que acudan a formular las
mismas. Estos formatos serán conservados por la Dirección Estatal del Registro
Civil, y se podrán expedir constancias de las mismas, las cuales sólo acreditan
el hecho de la comparecencia y de haber emitido las declaraciones en ella
contenidas. Las constancias emitidas por la Dirección Estatal del Registro
Civil en los términos del presente artículo no constituyen modificación del
estado civil de las personas.
Las autoridades registrales, una vez recibida la
documentación y verificados los requisitos, procederán a expedir la constancia
de concubinato, la cual tendrá validez de dos años a partir de su emisión.
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