La senadora Lupita Saldaña consideró que el avance que entidades federativas como Baja California Sur habían logrado para controlar los desechos de basura plástica de un solo uso sufrirá un grave retroceso con la de aprobación de una reforma a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos en la que técnicamente todo podrá ser reutilizable o “aprovechable”.
Como se plantea
en la norma nada quedará prohibido toda vez que en estricto sentido técnica y
materialmente todo puede ser reutilizable, una bolsa de plástico, por ejemplo;
todo puede ser reciclable como un utensilio de unicel, o valorizable, es decir,
susceptible de ser incinerado para procesos de cogeneración, argumentó en
tribuna.
La senadora
panista integrante de la Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y
Cambio Climático hizo notar que a pesar de que el dictamen respectivo contempla
el análisis de 26 iniciativas, se pasaron por alto aspectos importantes como lo
que debe entenderse por “plásticos de un solo uso”, lo cual resulta fundamental
porque a partir de ello se establecen las prohibiciones.
No refleja el
espíritu de las iniciativas, algunas de las cuales incluso proponían la
prohibición de “plásticos de un solo uso” mediante una lista de productos
específicos, lo que queda desvirtuado en el dictamen, además de que la reforma
tampoco es consecuente con el objetivo de economía circular, resaltó.
Por este motivo
su voto fue en contra en lo general y en lo particular del decreto que reforma
y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y
Gestión Integral de los Residuos que se sometió a consideración del pleno en
las sesiones del 17 y 18 de noviembre y se remitió a la Cámara de Diputados.
Al hacer un
posicionamiento a título personal y presentar una reserva para modificar el
artículo cinco del dictamen a fin de promover una definición adecuada y clara
de “plásticos de un solo uso” en la legislación, Lupita Saldaña, senadora por
Baja California Sur, expuso que lo plasmado en el dictamen discrepa de lo que
se reconoce a nivel internacional.
Por ello, propuso
incorporar en dicho artículo la siguiente definición, que, lamentó, fue
rechazada por el pleno:
“Plásticos de un
solo uso, productos que no pueden ser reutilizados si son susceptibles de ser
sustituidos por productos de otros materiales, entre los cuales se encuentran
isopos, popotes, vasos, platos, cubiertos y globos de plástico, filtros de
cigarros con contenido plástico, así como envases, utensilios, contenedores y
materiales escolares de polietileno expandido”.
La senadora
Lupita Saldaña se refirió en lo particular al caso de Baja California Sur, que
a través de reformas a su ley ambiental estableció la eliminación paulatina de
bolsas, artículos de unicel, popotes, entre otros, lo cual ha permitido una
modificación de paradigmas de sus habitantes respecto al uso de esos productos
y al cuidado del medio ambiente.
Recalcó que la
reforma también pospone para 2025 la prohibición de los “plásticos de un solo
uso” pese a que en estados como el suyo ya es una realidad, por lo cual
consideró que si las entidades que han avanzado se atienen a cumplir con las
nuevas disposiciones estarían retrocediendo en lo logrado para regular este
tipo de desechos.
Con esta reforma
México queda fuera de los países vanguardistas que con altos estándares de
protección del ambiente han prohibido productos plásticos de un solo uso
específicos, como Australia, varios de Europa y algunos de América Latina,
concluyó.





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