Durante la Quinta Sesión Extraordinaria del Consejo Municipal de Giros
Restringidos sobre Almacenaje, Distribución, Venta y Consumo de Bebidas
Alcohólicas, se autorizó la primera regularización de licencia tipo “B”, cuya
actualización en el padrón oficial, surtirá efecto una vez que el contribuyente
cumpla con las obligaciones fiscales correspondientes.
El Secretario General del Ayuntamiento de La Paz, Pavel Castro Ríos, explicó
que esto se dio luego de que en la pasada Cuadragésima Sesión Extraordinaria de
Cabildo de La Paz, se autorizó la validación del padrón y su reorganización
administrativa, determinando una nueva nomenclatura que se distinguirá por las
licencias con terminación en letra “A” y licencias con terminación letra “B”.
Mencionó que las solicitudes de regularización de licencias tipo “B”, serán
presentadas en sesiones extraordinarias del Consejo, durante el periodo
comprendido de junio de 2024 a al 17 de septiembre de 2024.
Pavel Castro, explicó que las licencias con terminación en letra “A”, su origen
está plenamente identificable y la evidencia documental que obra en la
Dirección de Comercio, acredita que el propietario de dicha licencia, fue
autorizado por el Consejo Municipal de Giros Restringidos sobre Almacenaje,
Distribución, Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas, mientras que licencias
con terminación en letra “B”, son las que no cuentan con la evidencia
documental suficiente para acreditar la autorización por parte de dicho Consejo
o no se encuentran plenamente regularizadas en sus contribuciones ante la
Tesorería Municipal.
Apuntó que sumado a lo anterior y con el propósito de incentivar la
regularización de dicho padrón, se autorizó un programa de descuentos para los
contribuyentes poseedores de licencias para venta y distribución de bebidas
alcohólicas, que consta de 90 por ciento de descuento en multas y recargos por
revalidación anual extemporánea; 100 por ciento de condonación en la
revalidación anual de los ejercicios fiscales 2020 y 2021; 60 por ciento de
descuento en expedición de licencias para los contribuyentes que no les fue
posible acreditar el pago por concepto de expedición de la licencia con la que
operan y que se encuentran con la clasificación “B”.
Para los adeudos por concepto de validación anual, del 2018 y anteriores, se
determinó la prescripción de las facultades de la autoridad fiscal para
comprobar las disposiciones fiscales, conforme a las leyes en la materia.
En este sentido, para la regularización de las licencias con terminación “B”,
los contribuyentes deberán presentar por escrito a la Dirección de Comercio, su
deseo de regularizar dicha licencia, presentando copia de documentación e
información que considere pertinente regularizar el motivo que originó la
observación.
Las y los interesados deberán también, acreditar personalidad en caso de ser
representante de persona moral o apoderado legal de persona física,
documentación informativa relativa a la licencia que se atribuye; protesto de
conducirse con la verdad, no estar establecido a menos de 150 metros de los
establecimientos que refiere el Artículo 23 de la Ley Estatal de Alcoholes,
licencia de funcionamiento, constancia de situación fiscal, aviso de
funcionamiento 2024 COEPRIS, carta de no antecedentes penales, así como contar
con accesibilidad universal.
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